Saludan Resolución 219-2025 sobre pensión pública, pero objetan algunas de sus disposiciones

José Alfredo Espinal

joseespinal.hoy@gmail.com

El Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (Mopesep), valoró ayer como positivo la Resolución No. 219-2025, emitida de manera conjunta por el Ministerio de Administración Pública (MAP), la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) y la Superintendencia de Pensiones (SIPEN).

En la resolución se establecen los procedimientos administrativos institucionales para la solicitud, inclusión o permanencia en nómina de pre-pensión y para el otorgamiento de las pensiones de los servidores públicos bajo las disposiciones de la Ley núm. 379-81, que establece un nuevo régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado dominicano para los funcionarios y empleados públicos.

Destacó que este esfuerzo constituye un importante paso de coordinación interinstitucional, algo poco común en el ámbito de la seguridad social, que puede contribuir a mejorar las políticas públicas.

No obstante, expresó su sorpresa de que en la formulación de la Resolución no se incluyera a la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), entidad que hubiera aportado en su diseño, difusión y seguimiento.

Asimismo, el Mopesep subrayó la importancia de que en la elaboración de este tipo de normativas se promuevan consultas públicas que permitan la participación de personas afiliadas, organizaciones sociales y especialistas en materia de seguridad social, cumplimiento lo dispuesto en la Ley 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración.

También, el procedimiento administrativo, en su artículo 4.8 que establece el “Derecho a ser oído siempre antes de que se adopten medidas que les puedan afectar desfavorablemente.”, así como también el 4.9 que consigna el “Derecho de participación en las actuaciones administrativas en que tengan interés, especialmente a través de audiencias y de informaciones públicas.”

Tras revisar la Resolución, el Mopesep señaló que esta se limita a regular la situación de los servidores públicos activos, dejando fuera a quienes ya no laboran en una institución gubernamental, pese a que mantienen su derecho adquirido a una pensión por el sistema de reparto.

Indicó que estos trabajadores, que incluso han podido haber pasado al sector privado, cumplen con los requisitos de ingreso al servicio público, antigüedad acumulada y edad (más de 60 años de edad, más de 20 años de servicio o más de 35 años de servicio sin importar la edad). Agrega que ese vacío normativo podría inducir a confusión, por lo que entienden que debió contemplarse. En este sentido, Mopesep solicita que emitan una disposición que aclarare el procedimiento a seguir en estos casos.

El Mopesep llamó a las autoridades a actuar con prudencia y a evitar una barrida de servidores públicos con experiencia, lo cual podría afectar la buena marcha de la administración pública.

Compartir