ProCompetencia investiga a tres empresas por posible concertación de ofertas en licitaciones de los Comedores Económicos

Caribbean Digital

La Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (ProCompetencia) inició una investigación formal contra varias empresas, como parte una etapa inicial de debida diligencia, a fin de reunir elementos para confirmar o descartar la existencia de una infracción a la Ley 42-08 de Defensa de la Competencia.

Las empresas Alsara VJ, SRL, Gemar, SRL y Virginia, SRL, se encuentran bajo investigación de ProCompetencia por posibles prácticas concertadas en varios procesos de compras públicas celebrados por Comedores Económicos del Estado dominicano.

La resolución número RII-DE-AAC-002-2025, abre el procedimiento de investigación, dice la entidad en un comunicado, “arroja los hallazgos que sugieren una coordinación ilícita entre los agentes económicos investigados; estos incluyen, similitud relevante en la presentación de los productos a ofertar, pólizas de garantía emitidas por la misma aseguradora en la misma fecha y con números consecutivo a pesar de ser empresas que se encuentran en provincias distintas”

Al respecto, señala que estas situaciones, en principio, indican un patrón de prácticas colusorias con el fin de obtener ventajas en la adjudicación de contratos de compras públicas. Una o vasrias empresas incurren en colujsión cuando se confabulan para fijar precios, repartirse mercados o manipular subastas, afectando negativamente a los consumidores y a la competencia leal.

La dirección ejecutiva enfatiza que la apertura de la investigación no implica prejuzgamiento ni constituye una presunción de culpabilidad, sino que se trata de una etapa inicial dentro de la debida diligencia, cuyo propósito es esclarecer los hechos y reunir elementos probatorios para confirmar o descartar la existencia de una infracción a la Ley núm. 42-08 General de Defensa de la Competencia.

Posible infracción a la ley y sanción
Las acciones investigadas podrían constituir una violación al artículo 5 de la Ley número 42-08 General de Defensa de la Competencia, que prohíbe los acuerdos entre empresas que limiten o distorsionen la competencia en los procesos de contratación pública, incluyendo la fijación de precios o condiciones de manera concertada, lo cual conlleva una sanción que oscila entre multas mínimas equivalentes a 30 veces el salario mínimo, y máximas equivalentes a 3,000 veces el salario mínimo.

Próximos pasos
La Dirección Ejecutiva de Pro-Competencia continuará realizando las diligencias procesales contenidas en la Ley número 42-08 y las que sean necesarias conforme al debido proceso, con el propósito de determinar la existencia o no de una conducta que restrinja la libre y leal competencia.

Listín Diario

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