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El Tribunal Constitucional dijo que espera producir la decisión en el más breve plazo posible en torno al expediente TC-01-2013-0031, relativo a la acción de inconstitucionalidad incoada por el Consejo Nacional de la Empresa Privada y otras entidades, contra la Resolución número 188-03 del 15 de diciembre del 2003, dictada por el Congreso Nacional y el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y la sociedad I.C.S.S.I., S.A.

En respuesta a una solicitud escrita del Procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, la Secretaría General del TC informó que ese expediente ha seguido el curso normal desde su ingreso al Tribunal Constitucional.
“Es de importancia destacar que la carga de casos de los que actualmente conoce el Tribunal Constitucional se compone tanto de expedientes “heredados” de la Suprema Corte de Justicia en materias de acción directa de inconstitucionalidad, revisión y control preventivo de constitucionalidad de tratados, como de expedientes generados propiamente ante esta jurisdicción’”, expone el doctor Julio José Rojas Báez, Secretario del TC, quien firma la carta en nombre de ese organismo.
Rojas Báez dijo que de este modo, la mencionada carga hace que, aun al terminar el tercer año completo de trabajo y a pesar del esfuerzo desplegado por el Pleno, todavía esta jurisdicción no haya podido conocer todos los casos de los que ha sido apoderada.
Subrayó que la Ley 137-11 establece que la acción directa de inconstitucionalidad tenga carácter suspensivo o de sobreseimiento, ni existe a la fecha precedente del Tribunal Constitucional que prevea tal posibilidad.
Expresó que en consecuencia, respetan su afirmación relativa a “la investigación correspondiente a los fines de determinar objetivamente si el interés público tutelado por la ley fue afectado en el proceso de suscripción y aprobación congresual del referido contrato”.
La comunicación del TC al licenciado Domínguez Brito sostiene que al cumplirse los requisitos que los colocan en estado de ser conocidos por el Pleno, los expedientes que cursan en el Tribunal Constitucional son asignados por la Secretaría a las magistradas y los magistrados siguiendo el orden cronológico de entrada.
“Las decisiones del Tribunal Constitucional se adoptan entonces luego de sustanciosas ponderaciones y en cumplimiento de lo ordenado por la Constitución y la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales”, afirmó.
La carta-respuesta a la comunicación de fecha 6 de enero de 2015, marcada con el número 00010, del Procurador General de la República, dirigida al magistrado Ray Guevara, presidente del Tribunal Constitucional, firmada por el secretario del Tribunal Constitucional fue recibida este 8 de enero, a las 8:55 de la mañana en la Secretaría General, Correspondencia y Despacho del Ministerio Público.


