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La Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) interpuso una acción constitucional de amparo contra la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de Santo Domingo Este, tras comprobar graves condiciones de hacinamiento, insalubridad y vulneración de derechos fundamentales en dicho recinto.
La acción de amparo fue presentada ante la Primera Sala de la Cámara Penal de la provincia de Santo Domingo, quien aplazó la audiencia para el 10 de julio de 2026, fecha límite en la que las entidades estatales demandada deberán depositar sus escritos de defensa antes de conocerse el fondo del amparo.
Durante el proceso, las instituciones accionadas —entre las que se encuentran la Procuraduría General de la República, el Ministerio de Justicia, la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC), la Fiscalía de Santo Domingo y la Dirección Regional de la Policía Nacional— presentaron diversos incidentes procesales.
La acción legal surge tras una inspección realizada el pasado 8 de junio de 2026 en la sede ubicada en la calle Puerto Rico del sector Alma Rosa. Durante la visita, donde las defensoras públicas Nelsa Almánzar y Winie Adames verificaron que 85 personas permanecían detenidas en un espacio diseñado exclusivamente para detenciones temporales.
Del total de recluidos, 27 estaban pendientes del conocimiento de medidas de coerción o de diligencias procesales ante el Ministerio Público. Sin embargo, la situación más crítica correspondía a 58 personas que ya habían sido sometidas a medidas de coerción por los tribunales, pero continuaban en el destacamento debido a la falta de traslado hacia los centros penitenciarios correspondientes.
La Defensa Pública advirtió que esta realidad evidencia serias fallas en el sistema de traslados penitenciarios, lo que prolonga de manera indebida la permanencia de ciudadanos en instalaciones policiales que no reúnen las condiciones básicas para albergarlos, afectando además el derecho a ser juzgados dentro de un plazo razonable.
LD


