José Alfredo Espinal
Santiago.- Tras acoger las pruebas y las graves acusaciones formuladas por el Ministerio Público, la jueza la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de este distrito judicial, condenó a 10 años de prisión a un hombre que incurrió en violencia de género e intrafamiliar agravada en perjuicio de su expareja.
Winton Antonio Mendoza o Winton Antonio Mendoza Marte (Pin, Yunito o Zazá) había cumplido una sentencia de cinco años de prisión por tráfico de drogas y estaba siendo procesado por un caso en el que el pasado año fue condenado a 30 años por homicidio.
La condena por los hechos de violencia, además, establece el pago de cinco multas de RD$5,000 cada una al Estado dominicano y una indemnización de RD$6,000,000 a la víctima.
En esta ocasión, fue declarado culpable de cometer violencia de género e intrafamiliar agravada en violación al Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia de Género e Intrafamiliar.
El expediente refleja un patrón de conducta violenta.
Según el Ministerio Público, el encartado mantenía en asedio, hostigamiento y violencia psicológica a la víctima, a quien amenazaba con matarla al igual que a su familia.
Mendoza Marte ocasionó traumas psicológicos severos que iban en progresión en perjuicio de la víctima.
El procesado ejerció violencia física, verbal, emocional y psicológica en reiteradas ocasiones, intentando agredir a la mujer con armas (cuchillo y pistola), “además de ejercer control, asedio, amenazas de muerte, manipulación, chantaje y aislamiento” en su afán de obligarla a mantener la relación sentimental.
Luego de que la Fiscalía de Santiago, a través de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales recolectara una multiplicidad de evidencias, el fiscal litigante, José Euclides Vargas, solicitó al tribunal imponer la condena de 10 años de privación de libertad, debido al inminente peligro que representaba para la víctima y sus familiares, que se le otorgara la libertad al procesado.
Sosteniendo su postura en las pruebas, testimonios y los antecedentes penales del encartado, el Ministerio Público manifestó al tribunal que el procesado exhibe una evidente intención de dañar a las víctimas, toda vez que no ha demostrado arrepentimiento por los hechos cometidos.
La jueza del tribunal unipersonal Loida Altagracia Mejía Arias dictó la sentencia condenatoria y fijó su lectura íntegra para el próximo 14 de agosto.
El órgano acusador dijo que, ante el cese de la medida coerción, por vencimiento del plazo establecido en la ley, al momento de dictar la sentencia, Mejía Arias varió la prisión preventiva por arresto domiciliario, colocación de grilletes electrónicos, impedimento de salida del país, vigilancia permanente del Ministerio Público y una garantía económica de 500 millones de pesos en efectivo.


