Allanan a Dream Casino Corporation por supuesta venta ilegal de Lotería Real

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SANTO DOMINGO.- El Magistrado Luis González del Departamento de Propiedad Intelectual de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, asistido por el Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología de la Policía Nacional (DICAT), realizó un allanamiento  en las instalaciones de la empresa Dream Casino Corporation, SRL, operadoras de Bancas de Lotería Dream, ubicadas en la Avenida Los Próceres No. 50 de este Distrito Nacional, en virtud de la decisión judicial contenida en el Auto No. 0044 del 12 del mes de Noviembre del año 2013, dictada por la coordinación en función de Juez de la Instrucción para Medidas escritas del Distrito Nacional.

Dicho operativo, fue llevado a cabo a los fines de recolectar evidencias que pudieran incriminar a Dream Casino Corporation, SRL, con la venta ilegal no autorizada de los productos de Lotería Real.
Dicho operativo, fue llevado a cabo a los fines de recolectar evidencias que pudieran incriminar a Dream Casino Corporation, SRL, con la venta ilegal no autorizada de los productos de Lotería Real.

Dicho operativo, fue llevado a cabo en la mañana del pasado miércoles 20 de noviembre del 2013, a los fines de recolectar evidencias que pudieran incriminar a Dream Casino Corporation, SRL, con la venta ilegal no autorizada de los productos de Lotería Real, cuya propiedad y operación le pertenece a la sociedad comercial Loto Real del Cibao, S. A., la cual se ha estado quejando por el uso no autorizado de sus signos distintivos y servicios de loterías.

Loto Real del Cibao, S. A., está autorizada para operar una lotería electrónica denominada Lotería Real, por lo que posee un derecho exclusivo de uso y comercialización de sus  sorteos, terminales, combinaciones y signos distintivos en su amplia variedad, de los productos y servicios de la misma, de acuerdo con las autorizaciones correspondiente del Estado dominicano vía el Ministerio de Hacienda y la Lotería Nacional, así como en virtud de sus registros por ante la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).

De acuerdo a las disposiciones legales vigentes contenidas en la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, está prohibido el uso, sin la autorización previa del titular de derechos, el uso y comercialización de productos o servicios bajos signos distintivos registrados.  En virtud de la referida ley, los infractores están expuestos a allanamientos, cese de las actividades ilícitas, multas, prisión y reparación de daños y perjuicios causados.