Un “no” contundente a eliminación artículo 85 del Código Procesal Penal

José Alfredo Espinal

Editor/Caribbean Digital

SANTIAGO, RD.- Un principio legislativo es no elaborar leyes ni cualquier otra norma que constituya un beneficio particular o que al menos pueda intentar ese objetivo.

Congreso Nacional de República Dominicana. Archivo.
Congreso Nacional de República Dominicana. Archivo.

En ese aspecto, constituye una afrenta las pretensiones de algunos congresistas dominicanos de eliminar el artículo 85 del Código Procesal Penal, en el que negarían el derecho de los ciudadanos de querellarse ante aptos punibles que cometan funcionarios.

Alejar a los ciudadanos de ese derecho es una afrenta a la democracia dominicana.

Si con el actual Código hay funcionarios que depredan el erario, una vez eliminado el artículo 85, a esos funcionarios que cometieren actos dolosos, no habrá necesidad de denunciarlos, sino de aplaudirles su gesto heroico por haberse robado los recursos del Estado.

La sociedad no permitir por ningún circunstancia que los legisladores, a quienes eligieron, sean capaces de quietarle su derecho.

Un “no” contundente a la eliminación del artículo 85.

El que no tiene hecha, no tiene sospecha. ¿Qué temor tienen los señores congresistas por quitarle al pueblo el derecho de querellarse contra funcionarios corruptos?.