Todas las medidas que se mantienen vigentes con la extensión del toque de queda

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El presidente de la República, Luis Abinader, emitió el decreto 364-21 que dispone que el toque de queda y las demás medidas dispuestas en los artículos del 5 al 20 del decreto número 349-21, del 30 de mayo de 2021, quedan extendidas hasta el miércoles 16 de junio de 2021, inclusive.

Horario:
En 24 provincias y el Distrito Nacional el horario del toque de queda será de lunes a viernes, desde las 6:00 de la tarde a 5:00 de la mañana, y los fines de semana, desde las 3:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana.

Las provincias en las cuales regirá esta medida son Azua, Bahoruco, Barahona, Dajabón, Elías Piña, El Seibo, Hato Mayor, Hermanas Mirabal, Independencia, La Romana, María Trinidad Sánchez, Monseñor Nouel y Montecristi.

De igual forma, en Monte Plata, Pedernales, Peravia, San Cristóbal, San José de Ocoa, San Juan, San Pedro de Macorís, Sánchez Ramírez, Santiago Rodríguez, Santo Domingo y Valverde.

El otro horario de circulación:
Por otro lado, se establece un diferente horario para el toque de queda en las provincias con menor nivel de contagio y tasa de positividad.

Este regirá desde las 10:00 de la noche hasta las 5:00 de la tarde y los fines de semana desde las 9:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana.

Este horario más relajado será en las provincias Duarte, Espaillat, La Altagracia, La Vega, Samaná, Santiago y Puerto Plata.

Bares, restaurantes y entretenimiento
En tanto que bares y restaurantes deben operar con el 50 % de capacidad y sin exceder 6 personas por mesa. Además de un toque de queda de lunes a viernes a partir de las 6 de la tarde y los fines de semana desde las 3:00 PM.

Esto ha obligado a la cancelación de numerosos eventos que tenían contemplado llevarse a cabo con público reducido, y las denuncias de la realización de fiestas y conciertos clandestinos con artistas muy reconocidos.

Se mantienen prohibidas todas las actividades y eventos masivos que impliquen aglomeración de personas en todo el territorio nacional.

Actividades al aire libre y prácticas deportivas
La regulación dispone que las personas podrán utilizar los espacios abiertos al aire libre en todo el territorio nacional como parques, malecones, para actividades que no impliquen aglomeración y en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios. Lo mismo aplica para los lugares privados y públicos de uso público.

También dispone que los lugares dedicados a prácticas deportivas y ejercicio físico en todo el territorio nacionales, tales como gimnasios, podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta el 50% de su capacidad total.

Actividades religiosas
Se dispone que las actividades religiosas podrán celebrarse tres veces por semana las actividades de las diferentes iglesias y otras denominaciones religiosas, en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes y sin exceder el 50% de la capacidad de sus instalaciones.

Mercados binacionales

Se dispone el cierre de todos los mercados binacionales.

Deliveries y transporte
En tanto que los empleados o contratistas de restaurantes, farmacias o colmados que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos o crudos o medicamentos, quienes tendrán permiso para circular hasta las 11:00 de la noche exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones.

Asimismo el Metro de Santo Domingo estará operando sábados y domingo de 6:00 a.m. a 5:00 p.m. y el teleférico de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

En tanto que de lunes a viernes ambos servicios funcionarán de 6:00 am a 8:00 pm.

Mientras que el servicio de la OMSA funcionará de 6:00 am hasta la conclusión del libre tránsito.

Venta de bebidas alcohólicas
El Poder Ejecutivo prohibió la venta de bebidas alcohólicas para ser consumidas en espacios públicos y privados de uso público.

La prohibición del expendio de las bebidas alcohólicas para consumo en lugares públicos será desde las 3:00 de la tarde hasta la 5:00 de las mañana a nivel nacional.

Diario Libre