Insuficiencia de pruebas motivó libertad de Quevedo

Yeni Berenice Reynoso deploró que se descargara a Arsenio Quevedo, Erickson de los Santos y a Cristino Batista, acusados del asesinato de tres choferes.

La no precisión de las pruebas presentadas por la Fiscalía y los abogados querellantes en el juicio por supuesto sicariato y asociación de malhechores que se le siguió al sindicalista Arsenio Quevedo, Erickson de los Santos, Cristino Batista, Amauris Cabrera, Danilo Reynoso y Félix Lora, motivaron la absolución de tres de los prevenidos en dicho caso.

El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito, que conoció el caso por casi tres años, condenó a 30 años de prisión a Amauris Cabrera y a Danilo Octavio Reynoso, luego de que el primero se autoincriminara; lo que unido al testimonio de Edwin Alberto Colón, una de las víctimas, completó las pruebas para condenar a éstos últimos.

En lo Civil, los jueces también descargaron a Quevedo, De los Santos Solís y Batista Roa, del pago de cualquier indemnización; pero condenaron a Cabrera Martínez y a Octavio Reynoso al pago de siete millones y medio de pesos, como forma de resarcir a los sobrevivientes y los familiares de las víctimas.

Ministerio Público reacciona

La Procuraduría General de la República informó que recurrirá la decisión del Segundo Tribunal Colegiado que descargó ayer a los acusados de ser los presuntos autores intelectuales del asesinato de varios choferes del transporte público.

A través de una nota de prensa, el organismo persecutor dijo que apelará dicha decisión “porque la misma es contradictoria, incorrecta y no se sostiene en Derecho, ya que a su juicio, el tribunal hizo una valoración parcializada de las pruebas en favor de los autores intelectuales”.

El escrito de acusación presentado por el Ministerio Público ante el tribunal detalla que los directivos de la Unión Nacional de Transportistas y Afines (Unatrafin), presididos por Quevedo, presuntamente hicieron uso de una práctica criminal, materializada en todo el territorio nacional desde finales del año 2008, que consistía en ejecutar a transportistas por diferencias o conflictos en las distintas rutas del transporte público.

De su lado, la Fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, también rechazó ayer dicha decisión y cuestionó que las pruebas condenen a unos imputados y descarguen a otros.

Reynoso se preguntó: “¿cómo se puede explicar que un testigo sea considerado coherente para condenar a los desarraigados y poco creíble para los jefes?”.

“El cheque del pago emitido por Quevedo no es prueba porque no decía que era por concepto de sicariato. ¿ En serio?” cuestionó la magistrada.

Hechos y pruebas

Tras reconstruir los hechos del 14, 15 y 19 de enero del 2015, donde murieron los hoy occisos Mateo Nieves, Overnis Guerrero (Limpiabota) y Ángel Javier (Mayimbú), las juezas Yissell Soto Peña (presidenta), Clara Sobeyda Castillo y Leticia Martínez, se turnaron en la lectura de las conclusiones del juicio, de acuerdo con los tres días citados.

En los hechos del 14 de enero del 2015, en la parada de “La Manchita”, en la avenida Duarte, esquina París, donde perdió la vida Mateo Nieves, los jueces lamentaron que los testigos presentados por la Fiscalía y los abogados querellantes, Ramón Peña, Manuel Romero y Eddy Francisco, solo coincidieron en señalar que “no vieron nada, ni podían decir quién disparó”.

También las juezas lamentaron que el “testigo estrella”, de la Fiscalía, Belarminio Brito, y víctima de los hechos del 19 de enero de 2015, donde murieron Overnis Guerrero y Ángel Javier, testificó una cosa en los interrogatorios que le hizo el Ministerio Público, previo al juicio, pero declaró otra cuando compareció ante el tribunal; lo que motivó que su testimonio fuera desestimado para inculpar a Quevedo, De los Santos Solís y Batista Roa.

“Donde están las pruebas, búsquenmelas, porque estas no me sirven, y si las tienen guardadas en sus casas, tráiganlas por favor”, exclamó la magistrada Yissell Soto.

Tras su salida del tribunal, Arsenio Quevedo dijo gozoso que “se hizo justicia”. Danilo Octavio y Amauris Cabrera, en cambio, no dijeron nada, al igual que De los Santos Solís y Batista Roa; contrario a los abogados querellantes Manuel Soto Lara y David Ruiz, quienes afirmaron que apelarían la decisión de los jueces, el próximo 26 de abril, cuando tengan en sus manos el fallo definitivo, tras asegurar que fue una decisión fabricada que deja “campo abierto” al sicariato en el país.

Erickson de los Santos Solís, exregidor de Pedro Brand, involucrado en el caso de sicariato, habla a la prensa a su salida de la audiencia. KELVIN MOTA

El caso se prolongó por tres años y 15 días desde el 30 de enero de 2015. El juicio de fondo conoció 35 audiencias, en la fase preliminar 28; en revisión de medidas 7 y en coerción 8.

Condenados tendrán que pagar RD$7.5 millones

Los condenados Cabrera y Reynoso tendrán que pagar a Adolfina Javier, madre de Ángel, un millón de pesos, a la viuda de éste, Francisca Torres y sus hijos, cinco millones de pesos, a Casilda Guerrero, madre de Overnis, un millón de pesos, al hermano de éste, Leily Cedeño Guerrero, 500 mil pesos, a una de sus exesposas, Anyelina Ortiz, un millón; en tanto que a las “representantes legales” de dos de los hijos de Overnis, Llasmina López y Yendairis Ortiz, los imputados tendrán que pagarles dos millones y medio de pesos a cada uno.

Familiares rechazan libertad de imputados

Los familiares de los choferes asesinados Overnis Guerrero, Ángel Javier y Mateo Nieves de Jesús rechazaron la puesta en libertad de Arsenio Quevedo y Erickson de los Santos Solís. Casilda Guerrero, madre de Overnis Guerrero y Santa de Jesús, madre de Mateo Nieves de Jesús, manifestaron que la justicia cometió un gran error al dejarlos libres. Santa de Jesús dijo que no es un asunto personal ni de rencor, pero que no entiende “cómo es que con tantas pruebas esas personas fueron liberadas”.

Fuente de noticia