Víctimas quebrado banquero se querellan contra juez Medrano

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SANTIAGO, RD./Los abogados de los ahorrantes del quebrado Banco Universal, propiedad del ex banquero, Leonel Almonte Vásquez, apoderaron la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal, de demanda en suspensión de  ejecución de la resolución que favorece al interno con  “prisión domiciliaria” y al mismo tiempo, interpusieron querella disciplinaria por ante el Consejo del Poder Judicial y recurrieron en apelación la decisión dictada por el Juez de Ejecución de la Pena, José Ignacio Medrano, mediante la cual puso en libertad al ex banquero.

Leonel Almonte. Archivo.

El Juez de la Ejecución de la Pena de San Cristóbal, magistrado Medrano,  puso en libertad al interno, revocando la sentencia de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional  que le condenó a 15 años de reclusión mayor, cuya sentencia fue ratificada por la Suprema Corte de Justicia, mediante resolución que declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el condenado.

El Juez de San Cristóbal, dispuso la libertad de Leonel Almonte Vásquez, con cuya disposición revoca la decisión revestida de autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada dictada por la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional,  la cual fue ratificada por la Suprema Corte de Justicia.

Los abogados Pompilio Ulloa Arias, Ricardo Díaz Polanco y Ángel Moneró Cordero, representantes de las víctimas del fraude bancario, Cristian C. Caraballo, Rosa N. Caraballo y Reynilda del Carmen Rodríguez, dijeron que la resolución dictada por el Magistrado Juez de la Ejecución, constituye una revocación de la sentencia dictada por la Corte y ratificada por la Suprema Corte de Justicia y que el magistrado juez de la ejecución de la pena al disponer la supuesta prisión domiciliaria no designó ningún organismo oficial que vigile la residencia y el comportamiento de Leonel Almonte Vásquez durante los próximos 10 años de reclusión pendientes de cumplir.

Designó como garante de la prisión domiciliaria a un  hijo suyo, nacido y residente fuera del país. Que la sentencia que reglamenta la prisión domiciliaria de Leonel Almonte Vásquez no señala la autoridad judicial y policial competente para supervisar y vigilar las condiciones en que el recluido permanecerá en su residencia policial.

El magistrado, no tiene competencia en el Distrito Nacional para reglamentar el comportamiento del prisionero en su residencia, además no designó ningún funcionario de su jerarquía para realizar dichas funciones.

Asimismo, establecieron que el Juez de la Ejecución de la Pena de San Cristóbal para poner en libertad  a Leonel Almonte Vásquez, bajo el argumento de cambio del régimen penitenciario de “reclusión intramuros” por prisión domiciliaria, solamente prohíbe al imputado el ejercicio  de la profesión de banquero y viajar al exterior o impedimento de salida. Además, señalan que la sentencia deja claramente establecido que Almonte Vásquez puede circular libremente por todo el territorio nacional, pese a que la sanción fallada en última instancia de 15 años de reclusión mayor, le condena a permanecer recluido en la cárcel de Najayo de la provincia de San Cristóbal.

Manifestaron los abogados de las víctimas que el Juez de Ejecución de la Pena al poner en libertad a Leonel Almonte Vásquez, desconoció la autoridad de la Cosa Irrevocablemente juzgada en que se encuentra revestida la sentencia  dictada por la tercera sala de la cámara penal de la corte de apelación del Distrito Nacional la cual fue ratificada por la resolución número 10-2010, del 15 de enero de 2010 emitida por la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia.

El recluso Leonel Almonte Vásquez, durante 20 años ha corrompido, burlado  y desconsiderado el sistema judicial dominicano aprovechando su debilidad institucional.

Durante 4 años impidió la ejecución de una orden de prisión, logró sustraer el expediente de la jurisdicción de Santiago a San Francisco de Macorís, de ahí a la Suprema Corte de Justicia de esta a San Juan de la Maguana y antes de que el expediente llegara a su último destino lo sustrajo obligando a las víctimas a su reconstrucción.

La Suprema Corte de Justicia le impuso una fianza de 20 millones de pesos para que obtuviera su libertad la cual nunca fue pagada, a pesar de que obtuvo su libertad mediante la estafa al sistema judicial dominicano, por todo lo cual no es merecible de los favores concedidos en su provecho por el Juez de San Cristóbal, Magistrado José Ignacio Medrano.