TC deja en estado de fallo 7 expedientes de acción directa de inconstitucionalidad

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El rol de la audiencia pública incluyó dos casos relacionados a Ley de Partidos y elecciones primarias simultáneas.

SANTO DOMINGO. – El Tribunal Constitucional (TC) declaró en estado de fallo siete expedientes de acción directa de inconstitucionalidad y pospuso uno de la agenda de este lunes. En la sesión celebrada en la sala augusta de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), hubo cuatro de los casos a los que se les concedió plazos de tres y cinco días para que presenten escritos justificativos de conclusiones.

El primer sustituto del presidente del TC, magistrado Rafael Díaz Filpo, encabezó la jornada en la que se declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0031 otorgando tres días de plazo a solicitud de los accionantes: la Fundación en Defensa de los Dominicanos en Norteamérica (FDDN) y Mario Encarnación Soler, quienes objetaron el artículo 35 del Reglamento para la Aplicación de la Ley número 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, sobre la celebración de primarias simultáneas de este año, dictado por la Junta Central Electoral (JCE), en 2018.

Se dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0038, en el que Namphi A. Rodríguez y la Fundación Prensa y Derecho Inc., que no comparecieron, atacaron el artículo 43 y los numerales 4, 44 y 7 de la indicada ley.

El TC declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0032 concediendo tres días de plazo para los accionantes y accionados. Patricio Ovalle Lantigua atacó los artículos 158, 159 y 160 de la Ley número 590-16, Orgánica de la Policía Nacional del año 2016.

Asimismo, dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0033 en el que la Asociación Dominicana de Distritos Municipales (ADODIM), objetó los artículos 7, literal c); 77 y 82 de la Ley número 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios de 2007.

El expediente TC-01-2019-0034, en el que Bienvenido Medina Pérez actuó contra el artículo transitorio vigésimo de la Constitución proclamada en 2015 no quedó en estado de fallo, sino que se pospuso para una nueva fecha, en razón de la inasistencia del accionante.

El Tribunal Constitucional dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0035 en el que el Consejo Nacional de la Empresa Privada, la Asociación de Bancos Comerciales de la República Dominicana y la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), entre otras entidades empresariales objetaron los artículos 28, 29 parte capital y párrafos I, II, III y IV; 66, parte capital y párrafos I y II; 67, parte capital y párrafos I y II; y 69 (parte capital y párrafos I y II), de la Ley número 3-19 que crea el Colegio de Abogados de la República Dominicana, 2019.

Los jueces concedieron un plazo de cinco días en el expediente TC-01-2019-0036 declarado en estado de fallo. Atacó artículos de la Ley número 86-11 sobre Inembargabilidad de los Fondos Públicos (2011); de la Ley número 1494, que instituye la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo (1947) y la Resolución 198-2018, dictada por el Ministerio de Hacienda en 2018; y se otorgó tres días al TC-01-2019-0037, en que objetaron artículos del Código de Procedimiento Civil.

Además del presidente en funciones, magistrado Díaz Filpo, participaron en la sesión los jueces Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Hermógenes Acosta de Los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos, Khoury, Domingo Gil, Wilson Gómez Ramírez y Miguel Valera Montero.