Los hijos de indocumentados haitianos nacidos aquí

Por: Ramón Antonio Veras

Especial/Caribbean Digital 

I.- A MANERA INTRODUCCIÓN.-

El alto mando de las Fuerzas Armadas Dominicanas organizó en el mes de julio del año 2003, un seminario con el tema “LA FRONTERA: PRIORIDAD DE LA AGENDA NACIONAL DEL SIGLO XXI.  Los propiciadores de la actividad nos escogieron para participar en un panel con el tema “LA SITUACION DE LEGALIDAD E ILEGALIDAD DE LOS HAITIANOS Y SUS DESCENDIENTES. NECESIDAD DE ESCLARECER LA INTEPRETACION DE LEYES Y ACUERDOS.”

Ramón Antonio Veras (Negro). Archivo
Ramón Antonio Veras (Negro). Archivo

 

Tomando en cuenta la sentencia dictada recientemente por el Tribunal Constitucional dominicano, que ha creado opiniones muy diversas en torno a la nacionalidad de los hijos nacidos aquí de indocumentados haitianos, hemos decidido publicar la esencia de nuestra intervención en el citado encuentro.

 

II.- LEGALIDAD E ILEGALIDAD DE LOS INMIGRANTES HAITIANOS EN LA REPUBLICA DOMINICANA.-

 

Importa conocer el aspecto legal o ilegal de la migración haitiana en la República Dominicana, y esto así porque en su carácter clandestino e ilegal está la base de la situación en que vive la misma.

 

La condición de los inmigrantes haitianos en la República Dominicana ha llamado la atención de distintos sectores de la sociedad que han considerado como una vida propia de esclavos la que llevan los braceros haitianos que trabajan principalmente en el corte de la caña.

 

La forma ilegal como llegan al país y la penetración clandestina, que individual o colectivamente hacen algunos haitianos, es el punto de partida de la superexplotación a que son sometidos miles de ellos en las plantaciones de la caña de azúcar, café, cacao, arroz y algodón y pone en discusión su condición de nacionales de cuál país, el nuestro o el de Haití.

 

Es por esta realidad que se hace de rigor conocer el aspecto legal e ilegal de esta migración para poder determinar su condición legal desde el punto de vista de la nacionalidad dominicana o haitiana.

 

El carácter ilegal de los haitianos en la República Dominicana presenta diferentes orígenes.

 

a) el haitiano que penetra por la frontera, o como se dice en el lenguaje popular “por debajo del alambre”;

 

b) el que penetra por la vía legal a trabajar en los ingenios pero, una vez terminada la zafra o antes de terminar la misma, se escapa del ingenio;

 

c) los hijos de inmigrantes y madres dominicanas, haitianos nacidos en el país pero carentes de documentación alguna y que por tanto crecen como apátridas.

 

El 90% de los haitianos que viven en la República Dominicana está en forma ilegal. Los residentes legales son una minoría.

 

 

III.- ACUERDOS PARA LA ENTRADA DE BRACEROS A LA REPUBLICA DOMINICANA.-

 

Desde el año 1940 hasta 1952 la clandestinidad era consecuencia del tráfico de braceros, pero en fecha 5 de enero de 1952 fue concluido y suscripto un Acuerdo sobre la Contratación en Haití y la entrada a la República Dominicana de Jornaleros y Temporeros Haitianos.

 

En carta enviada por Rafael Leonidas Trujillo Molina al Presidente del Senado dominicano con fecha 28 de enero de 1952, marcada con el No.3261, le manifiesta “los deseos de los gobiernos de la República Dominicana y Haití de reglamentar la contratación de jornaleros haitianos para trabajar temporalmente en la República Dominicana en las empresas agrícolas o de carácter agrícola-industrial”.  También le explica “que en el Acuerdo que somete a la aprobación del Senado se establece que se harán las diligencias necesarias para que los jornaleros agrícolas que han entrado ilegalmente a la República Dominicana antes de la firma del mismo, sean repatriados por las empresas donde ellos trabajan actualmente, al terminar la zafra de 1951-1952”.

 

El acuerdo de 1952 tenía una duración de cinco años y constaba de diecisiete artículos, fue aprobado conjuntamente con un formulario de contrato de trabajo que debía ser firmado por la empresa que contratara el bracero y por éste.  El citado Acuerdo expiró el 25 de febrero de 1958.

 

En fecha 21 de diciembre de 1959 fue firmado un nuevo Acuerdo entre