Dice sentencia TC es expresión del Estado y reivindica derecho a establecer política migratoria y nacionalidad

ADALBERTO DOMINGUEZ

Especial/Caribbean Digital

NUEVA YORK.-El director general de Migración, doctor José Ricardo Taveras Blanco, dijo que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre la nacionalidad de hijos de extranjeros en situación irregular es una expresión del Estado dominicano, y “estamos reivindicando nuestro derecho soberano de establecer “cuál es nuestra política migratoria y cuál es nuestra política de nacionalidad”.

El cónsul general Félix Antonio Martínez, cuarto de der. a izq., durante el conversatorio con el director general de Migración, doctor José Ricardo Taveras Blanco, sobre la sentencia del Tribunal Constitucional en relación a la nacionalidad de extranjeros nacidos en República Dominicana, en la sede consular.
El cónsul general Félix Antonio Martínez, cuarto de der. a izq., durante el conversatorio con el director general de Migración, doctor José Ricardo Taveras Blanco, sobre la sentencia del Tribunal Constitucional en relación a la nacionalidad de extranjeros nacidos en República Dominicana, en la sede consular.

Puntualizó que tanto la población como sus autoridades se caracterizan en la República Dominicana por su receptividad y apertura con los extranjeros, por lo que “no es posible que la desinformación  coloque a la sociedad dominicana en una situación de imagen muy contraria a lo que es la índole del pueblo y de las autoridades dominicanas”.

Taveras Blanco se reunió con el cónsul general en Nueva York, Félix Antonio Martínez, a quien agradeció la invitación para exponer en un conversatorio sobre “Los alcances de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en relación a la nacionalidad de los extranjeros nacidos en la República Dominicana”, en el salón principal del Consulado, localizado en el 1501 de la avenida Broadway, en Manhattan.

Sostuvo que hay una percepción errónea de la proporción de la sentencia del TC y una campaña descomunal y bestial en torno a un acontecimiento histórico, al extremo de que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) trata de condicionar a la República Dominicana, y hay organizaciones “que quieren que las ayudas internacionales lleguen a sus bolsillos”.

Explicó que no es la Dirección General de Migración que ha planteado definido el tema sobre la nacionalidad de hijos de extranjeros en situación irregular, sino que había sido establecido por la Constitución de la República en 1929, y la Ley de Migración de 1939 y su reglamento número 275.

Precisó que en esa misma tesitura se continuó cuando fue modificada la Ley de Migración 285/04 y cuando la Suprema Corte de Justicia conoció el primer caso el 14 de diciembre de 2005 emitió un dictamen en esa misma dirección, por lo que “este fallo no es nuevo”.

El director general de Migración dijo que lo único nuevo es que el Tribunal Constitucional, además de asumir la tesis de la Suprema Corte de Justicia en el 2005, “está diciendo como se va a resolver el problema porque ya la ley lo había mandado en el 2004”.

Subrayó que en la legislación del país un acta de nacimiento no le atribuye nacionalidad dominicana a nadie, sino el hecho de cumplir con las condiciones que la Constitución establece para poder ser dominicano, y “las declaraciones de nacimiento tienen un valor declarativo pero no atributivo de nacionalidad”.

“La sentencia tiene la ventaja de que lejos de colocar a esas personas en un limbo esta diciéndole al Estado la forma en que tiene que resolver el problema y lo está refiriendo al Plan Nacional de Regularización de Extranjeros”, proclamó Taveras Blanco, quien antes de exponer en el Consulado participo en el “Dialogo de Alto Nivel sobre Sistema Migratorio” en la sede de la ONU, a propósito de la Asamblea General de ese organismo.

Dijo que la nación dominicana debe unirse en torno a “una sola visión de este tema por lo menos abrumadoramente porque el Estado dominicano necesita del concurso, de la identificación de todos los dominicanos con la definición del tema de la nacionalidad”.

Defendió la política migratoria del Gobierno del presidente Danilo Medina Sánchez y enfatizó en señalar que “no es justo que la imagen de la República Dominicana se crucifique con una campaña distorsionada y manipulada por sectores interesados”.

Taveras Blanco manifestó que la imagen de la nación dominicana es la de un Estado que esta diciéndole a los extranjeros que se sienten  afectados por la situación que “la ley ha contemplado una solución para su drama (…) y que lo vamos a resolver de ese modo”.

Reiteró que lo que ha hecho el Tribunal Constitucional, como ya lo hizo en el pasado varias veces la Suprema Corte de Justicia, es establecer un estatuto que viene desde 1929, y exhorto a los dominicanos a tener presente que “en nuestra legislación la que atribuye la nacionalidad es la Constitución y las leyes”.

La sentencia del TC critica al Estado porque la Administración del Registro Civil debió tener desde 1929 un Libro Registro para la declaratoria de nacimiento de extranjeros en tránsito en la República Dominicana y no mezclar todo. Ahora el acta declaratoria de nacimiento debe registrarse en el Libro de Extranjería creado en el 2007, lo que debe ser notificado al Ministerio de Relaciones Exteriores que a su vez deberá informarlo a la embajada correspondiente.

Taveras Blanco dijo al respecto que al mismo tiempo la sentencia del Tribunal Constitucional ordena a Migración darle un status provisional hasta tanto el Ejecutivo resuelva el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, y el Consejo Nacional de Migración deberá reunirse en 30 días y ofrecer un informe  al presidente de la República.

Refirió que el Tratado de Modus Operandi firmado en 1939 por los gobiernos de República Dominicana y Haití establece que los haitianos que estaban en territorio dominicano antes de la firma de ese convenio tenían un plazo para regularizar su situación migratoria o de lo contrario podrían ser deportados.

El artículo 6 de ese acuerdo prohíbe al Estado haitiano y al Estado dominicano documentar a los ciudadanos de los respectivos países que se encuentren en situación de indocumentación, por lo que el Estado dominicano lo que tiene que hacer, de acuerdo con la sentencia del TC es transferir el acta de nacimiento al Libro de Extranjería, notificar al Gobierno haitiano a través de su legación diplomática.