Condenan a 20 años a un hombre que violaba hija de 14 años

SANTO DOMINGO, RD.- Un juzgado de la provincia Santo Domingo condenó a 20 años de reclusión a un hombre encontrado culpable de violar sexualmente, durante dos años seguidos, a su hija de 14 años.El Primer Tribunal Colegiado, presidido por la jueza Indhira Montás, emitió la sentencia tras acoger las pruebas presentadas por el Ministerio Público contra el imputado. Según consta en el expediente acusatorio, JMSR (siglas del nombre del acusado) violaba a su hija desde que tenía 12 años. Según relató la menor a su madre, quien interpuso la denuncia, el incestuoso amenazaba a la menor con matarla si contaba los abusos  de que era objeto.

Durante el proceso penal salió a relucir que el imputado llegaba a su residencia, en Boca Chica, bajo los efectos de sustancias narcóticas y, tras golpear a la menor, la violaba. Producto de los abusos por parte de su padre, la niña presentaba trastornos en la conducta y fue referida a un tratamiento psicológico, indica la Fiscalía de Santo Domingo en un comunicado.  El hombre cumplirá su condena en la cárcel de La Victoria.

Otro violador

En ese mismo orden, la segunda sala de la cámara penal de la corte del apelación del Distrito Nacional ratificó 10 años de prisión impuestos a José María Frías Marte, encontrado culpable de violar sexualmente a su hija de ocho años.

Según la acusación presentada por el Ministerio Público, en el 2009 el imputado violó en repetidas ocasiones a su hija menor “mediante constreñimiento, sospecha y amenaza”. Fue denunciado, sometido a la Justicia, y condenado por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito; apeló la sentencia que ayer ratificó la corte. Según el artículo 332-1 del Código Penal: “Constituye incesto todo acto de naturaleza sexual realizado por un adulto mediante engaño, violencia, amenaza, sorpresa o constreñimiento en la persona de un niño, niña o adolescente con el cual estuviere ligado por lazos de parentesco natural, legítimo o adoptivo hasta el cuarto grado o por lazos de afinidad hasta el tercer grado”.

Este tipo de delito causa malestar entre los miembros de una familia, en especial cuanto quieren ocultar el delito para no perjudicar al víctimario, lo que va en detrimento moral, físico y emocional de la víctima.

La normativa penal dominicana establece que el incesto “se castiga con el máximo de la reclusión, sin que pueda acogerse en favor de los prevenidos de ella circunstancias atenuantes”.

Asimismo, el Código Penal, en el artículo 332-4, cita que “quedan excluidos del beneficio de la libertad provisional bajo fianza los prevenidos de la infracción”.