CDP confía legisladores despenalizarán delitos de prensa en RD

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SANTO DOMINGO./ El Colegio Dominicano de Periodistas se ha reunido con dos comisiones de Diputados, en su mayoría periodistas y comunicadores, quienes se comprometieron frente a los medios a retirar la difamación e injuria del Código Penal y pasar a Ley de Expresión y Difusión del pensamiento la materia.

 

En una carta enviada a los legisladores por el Comité Ejecutivo del CDP en la que solicitamos la despenalización de los delitos de prensa, el retiro de los artículos del Código Penal y dejarlo a la Ley de Expresión y cambiar sanciones morales o civiles a quienes difamen o injurien.

Textos de la carta ….. Reciban un cordial saludo del Comité Ejecutivo del Colegio Dominicano de Periodistas, institución creada por la ley 10-91, entre cuyos objetivos esta velar por el ejercicio profesional del periodismo en la República Dominicana.

El CDP está sorprendido que esa honorable Cámara de Diputados aprobada en Primera Lectura la modificación al Código Penal Dominicano sin tomar en cuenta algunos aspectos, que desde nuestros puntos de vistas, choca con el espíritu de la Constitución, Convenciones, Pactos y Tratados Internacionales, aun y cuando tendencia mundial es despenalizar en grado máximo los delitos de prensa o Difamación e Injuria.

Reconocemos que en la República Dominicana los llamados delitos de difamación e injuria están penalizados en múltiples textos legales, que por demás resulta un contrasentido, que en un lenguaje coloquial pudiéramos entender en el país hay una inflación legislativa que sanciona de forma diversas y con penalidades, multas e indemnización completamente disímiles y diferentes a la tendencia mundial.

La modificación en primera lectura de los artículos 367 al 376 del Código Penal Dominicano, de ser aprobada en segunda lectura como están planteados, chocaría frontalmente con los propios postulados constitucionales y demás estatutos que resguardan la libertad de expresión y difusión del pensamiento.

Las decisiones de la Corte Inter-americana de Derechos Humanos,  órgano del que somos signatarios y sus decisiones son de aplicación obligadas, en materia expresiones del pensamiento en cuanto ha venido afirmando que los asunto de interés publico no deben ni pueden ser penalizadas, nadie puede ser penalizado ni condenado penalmente por afirmaciones en temas de interés público, que involucren a funcionarios públicos. Los límites de la crítica aceptable son, por tanto, respecto de un político o de un funcionario público o de un asunto de interés público, más amplio que en el caso de un particular, y consecuentemente en contra de estos se abre un riguroso escrutinios de todas sus palabras, hechos y proceder, por cuanto se debe entender existe un mayor grado de tolerancia, lo que aparentemente se trata de coartar con esta nueva modificación del Código Penal.

Consideramos que la forma de como fueron aprobados dichos artículos constituyen un acto de retroceso en una sociedad democrática y de derecho, antes por el contrario, debe quedar claro que el Colegio Dominicano de Periodistas, no aceptara y llamamos a la atención de la sociedad dominicana, a los medios de comunicación en su conjunto, que a no permitir la restricción de los derechos adquiridos, sobre la libre expresión y difusión del pensamiento, en tanto dejar pasar este intento de modificación,  es admitir que de manera indirecta que se restrinja y elimine la libertad de expresión e información que bastante sacrificios y sangre le ha constado al periodismo y al pueblo dominicano.

Honorable diputados, consideramos que sería un error de los diputados, pretender criminalizar las posibles criticas y denuncias en contra de personas públicas y de interés público, como si se tratase de asuntos de la vida privada, usando el Código Penal, que es una ley de carácter común en detrimento de la legislación especial que trata este particular. No es posible, señores legisladores, que se lleve de un asunto correccional a un asunto criminal.

Es menester señalar que la libertad de expresión es un medio para el intercambio de ideas e informaciones entre las personas, comprende su derecho a tratar de comunicar a otros sus puntos de vistas, pero implica también el derecho de todos a conocer opiniones, relatos, y noticias vertidas por terceros.  Para el ciudadano común, tiene tanta importancia el conocimiento de la opinión ajena o de la información de que disponen otros, como el derecho a difundir la propia y por tanto, de ser aprobado esta modificación del Código Penal, tal y como esta concebida actualmente es derrumbar las aspiraciones de una sociedad democrática.

La libertad de expresión en todo el sentido de la palabra es un elemento fundamental sobre el que se base una sociedad que se llame mínimamente democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública. Es también condición sine qua non  para que los partidos políticos, los sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general, quienes deseen influir sobre la colectividad puedan desarrollarse plenamente. Es, en fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones y el ejercicio pleno de sus derechos este suficientemente informada. Por ende, es posible afirmar, que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre. Que no sea en ustedes, honorable legisladores un baldón histórico que se le atribuya haber lastimado la libertad.

La Europea de Derechos Humanos, la Comisión Africana de Derechos Humanos, la Carta Democrática Interamericana, entre otros organismos internacionales han dicho que “la libertad de expresión constituye uno de los pilares esenciales de una sociedad democrática y una  condición fundamental para el progreso y el desarrollo personal de cada individuo, dicha libertad no solo debe garantizarse en lo que respeta a la difusión de información o de ideas, que son recibidas favorablemente o consideradas como ofensiva o indiferente, sino también en lo que toca a las que ofenden, resultan ingratas o perturban al Estado o a cualquier sector de la población. Tales son la demanda del pluralismo, la tolerancia, y el espíritu de apertura, sin las cuales no existe una sociedad democrática. Esto significa, que toda formalidad, condición, restricción o sanción impuesta debe ser proporcionada al fin legítimo que se percibe” y en este caso el Colegio Dominicano de Periodistas entiende que el actual proyecto de modificación del Código Penal, de ser aprobado así, constituye además de un retroceso una profunda coartación de la libertad de expresión.

Planteamos que esta debería ser materia de una legislación especial, como la Ley 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento, en proceso de discusión, debate y modificación desde hacen varios años, y que entendemos debería ser presentada antes ustedes para su discusión,  que debería reglamentar los delitos de prensa y que en este caso, el Código Penal reglamente la difamación fuera de los medios electrónicos, es decir, la difamación o la injuria, cuya publicidad se realizaba en lugar publico por destino, como lo seria un parque, un lugar publico por accidente, como lo seria un carro o un avión, o un lugar publico por naturaleza como lo seria una calle o un parque, pero de ahí a entender y votar mediante una ley lo que se diga de un funcionario publico, cierto o no, es ir en retroceso y en desmedro del sistema democrático y del articulo 49.1.2 y.4, de nuestra Carta Magna.

Para nadie es secreto que donde se restringa la libertad de expresión no hay democracia, por tanto, cuando la Cámara de Diputado aprobó en primera lectura y pretende hacerlo en los próximos días en una segunda lectura,  aumentar las penas y las multas por el delito de difamación e injuria en contra de ciertos funcionarios públicos, arrancará de golpe y por raso, al Colegio Dominicano de Periodistas y al pueblo en general, defender una serie de derechos adquiridos desde hacen más de 200 años. No debemos olvidar que el origen de este texto proviene del Código Penal Francés del 1810, modificado en el año 1881 y nosotros los adaptamos en el 1884.

De ser aprobado tal y como ha sido exageradamente concebido echa por tierra la aprobación de la Carta Democrática Interamericana, que en fecha 11 de septiembre 2001, hicieron los jefes de gobiernos y de estados de las Américas,  en cuanto aceptaron que son componentes fundamentales de la Democracia, la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad, responsabilidad de los gobiernos en las gestiones publicas, el respeto por los derechos sociales y la libertad de expresión y de prensa. Sin embargo, la aprobación sorpresiva de este texto en el Código Penal, extrayendo de la ley de Expresión y Difusión del Pensamiento, es un asunto inaceptable por el Colegio Dominicano de Periodistas, y atenta contra de la consolidación de la democracia dominicana.
En efecto la Constitución política Dominicana, aprobada y promulgada  el 26 de enero del 2010, en su artículo 49, referente a la Libertad de Expresión y de Información, dice “toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas, y opiniones por cualquier medio  sin que pueda establecerse censura previa. Toda persona tiene derecho a la información, este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo de carácter publico……”,  “Todos los medios de información tienen acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público,…..”.

En paralelo este es el criterio arraigado y difundido que mantiene el Pacto Interamericano de Derechos Humanos, que nosotros somos signatario,  por cuanto pretender ahora  coartar de manera preventiva y con penalidades y multas superiores a la que establecía el texto original en el Código Penal, es colocar una especie de autocensura previa en contra de los ciudadanos, de los periodistas y los comunicadores, que son las correas de transmisiones por donde se canalizan las denuncias, inconformidades, paredes, ideas opiniones y otras discusiones democráticas de los asuntos de interés públicos, de los funcionarios electos o nombrados. Esto es muy distinto a la vida privada de estos mismos ciudadanos.

La libertad de expresión es el brillante que garantiza la democracia en todos los pueblos del mundo y tratar de censurarla con legislaciones como esta que se pretende aprobar, sería una ley de valores y actitudes que no tiene cabida en la sociedad moderna, donde la prensa juega un papel de singular importancia en beneficio de la sociedad y de los propios ciudadanos que han elegido a cada uno de los honorables diputados y senadores.

El CDP entiende que las leyes penales, atinente al tipo de la Difamación, la Injuria o la Calumnia, constituye un recurso innecesario a la disposición de cualquier funcionario ofendido. La mera amenaza de juicio amedrenta las investigaciones y la libertad de expresión, y en cambio apadrina y respalda la corrupción, protege innecesariamente a los funcionarios públicos corruptos y niega uno de los derechos más básicos del sistema democrático como es la LIBERTAD y constituye al mismo tiempo una disfrazada censura previa.

El Colegio Dominicano de Periodistas, fija su posición y entiende, si bien es una facultad constitucional del legislador crear las leyes e instrumentos legales para normalizar la sociedad y la vida en democracia,  no es menos cierto que aceptar que la Cámara de Diputados, incremente las penas y las multas para sancionar a los usuarios de los medios de comunicación, constituye un asunto inaceptable e intolerable que atenta contra la libertad de expresión y de opinión.

Esta imposición de penas y multas, planteada ahora en la modificación del Código Penal, tiene como consecuencia evitar, de forma disfrazada y oblicua, de censurar a todo aquel que pretenda denunciar, criticar sobre un funcionario a través de los medios de comunicación.

El CDP es un celoso guardián de las libertad públicas,  del respeto a los derechos y a la reputación de los demás, pero a la vez entiende, que esto no debe conllevar a que mediante mecanismos legales, se altere o evite que la ciudadanía conozca de las actuaciones, buenas o malas, de sus funcionarios que no se ajustan a los requerimientos éticos y morales que debe guardar todos los ciudadanos en la administración de los bienes públicos.

Por lo tanto el Colegio Dominicano de Periodistas, órgano que agrupa a los profesionales del periodismo, y por ende guardián de la libertad de expresión, reitera, propone y sugiere a esta honorable Cámara de Diputados: 1.-Se elimine la penalización de los delitos de prensa (Difamación e Injuria), 2.-Que esta sea tema de la Ley 6132 (actualmente en proceso de modificación y actualización sobre el particular), 3.-Ante por el contrario, el CDP propugna por la responsabilidades ulteriores.

El Colegio Dominicano de Periodistas confía en Dios, la decencia, el respeto y la dignidad para que ilumine a esta honorable Cámara de Diputados en la aprobación de este proyecto y las de la comunicación.