Abuela de la bebé olvidada en vehículo dice que sus padres la "sobreprotegían"

SANTO DOMINGO. Casilda María Piña, abuela de la niña fallecida el miércoles tras ser olvidada por su padre en un vehículo estacionado en el parqueo del Coliseo de Boxeo Carlos “Teo” Cruz, atribuye el suceso al estrés que todas las mañanas enfrenta la pareja para llegar a sus trabajos.

“Siempre hubo una sobreprotección, un celo con esa niña. Él no quería dejar una persona extraña en la casa para atenderla, y decidieron ponerla en un cuido”, manifestó la abuela de Nabila Gómez Lachapell, la menor que hoy iba a cumplir cinco meses.

La pareja había recibido de regalo una silla para sentar a la niña en el asiento trasero del carro, y Piña le advirtió a su hija Masiel Lachapell, que tuviera cuidado de olvidar a la niña en el carro, y ésta contestó: “Ay mami, y a quién se le olvidaría su hijo en un carro”, recordó la señora.

A juicio de Piña, el padre de la menor fallecida, Denis Gómez, encargado de un departamento que no especificó en el Ministerio de Salud Pública, no debe estar detenido, porque se trató de un “error”, aunque reconoce que la Policía cumple con su deber.

“Él era loco con esa niña, en Semana Santa, ellos estaban en mi casa en Bonao, la niña estaba durmiendo en mi cama y él a cada rato se paraba a verla, para evitar que se cayera. Esos biberones, él se moría fregándolos, le compró de los caros para que no le dieran gases”, sostuvo.

Relató que la pareja tiene dos carros, pero estaban dejando uno en la casa para reducir los gastos. Según explicó, Gómez acostumbraba a llevar a la niña primero al cuido, mientras su esposa se preparaba. Luego volvía por ésta, y se iban juntos al trabajo, sin embargo, ayer, decidieron llevar a Lachapell primero, luego de que se le presentara un imprevisto.

“La llevó, luego la dejó en el trabajo, por ahí se fue a Salud Pública con la niñita atrás en la silla, y olvidó dejarla en el cuido”, detalló.

Los restos de Nabila Gómez Lachapell fueron velados en la Funeraria Blandino de la avenida Sabana Larga y enterrados ayer tarde en el cementerio Puerta del Cielo.

De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 136-03, Código para la protección de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, es responsabilidad de la familia, el Estado y la sociedad protegerlos, contra cualquier forma de maltrato, torturas, abusos o negligencias que afecten su integridad personal. Sin embargo, la aplicación de sanciones ante cualquier daño físico que reciba el niño, no procede cuando ocurre de forma accidental.

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