Abogados del PRD satisfechos con decisión del TSE sobre demanda de Gómez Mazara

Caribbean Digital

Los abogados del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) expresaron su satisfacción por la decision adoptada  por el Tribunal Superior Electoral (TSE) de aplazar para el 10 de junio del año en curso el conocimiento de la demanda en referimiento en ejecución de sentencia contra la Comisión Organizadora de la Trigésima Convención Ordinaria, incoada por un grupo de dirigentes del PRD encabezado por Guido Gómez Mazara.

Guido Gómez Mazara. Archivo.
Guido Gómez Mazara. Archivo.

El aplazamiento se motivó en que se debió ordenar una comunicación de documentos a raíz de una nueva demanda interpuesta por Gomez Mazara y compartes, esta vez contra el PRD, pues la demanda original solo había sido interpuesta contra la Comisión Organizadora. Los abogados de Gómez Mazara pidieron un plazo de 1 día para la comunicación de documentos, pedimento que fue rechazado por el TSE, conforme informan los abogados perredeístas.

La Comisión Organizadora del PRD estuvo representada por Salim Ibarra, Eduardo Jorge Prats y Fernando Ramírez Sainz, quienes en su alegato oral frente a los integrantes del TSE insistieron en que “la Comisión Organizadora está cumpliendo fielmente la Sentencia TSE-19-2014, que siempre han cumplido con las decisiones del TSE, al que siempre han reconocido como la más alta jurisdicción en materia electoral”.

Expresaron que ese proceder es contrario a algunos dirigentes políticos que se dedican a desacreditar a esta Alta Corte y a sus integrantes. Reconocieron como un paso de avance que los conflictos políticos hoy se diriman jurídicamente y no por medio de la violencia, como ocurría en el pasado.

Declararon que “el TSE, en tanto Alta Corte electoral y órgano constitucional extra poder es una gran conquista que debe ser preservada y defendida por todos los partidos que creen en la democracia y el Estado de Derecho”.

Los abogados del partido blanco sostienen que debido al incidente procesal interpuesto por los propios representantes legales de los demandantes, y a petición de la defensa legal de la Comisión Organizadora, el TSE ordenó una comunicación de documentos recíproca para ambas partes, como es usual en la materia de los referimientos, que, pese a ser un procedimiento rápido, es menos célere que el amparo, al cual decidieron no acudir de modo voluntario los demandantes, pese a sus declaraciones en la prensa en este sentido, como le recordaron al TSE los abogados de la Comisión Organizadora.

“La comunicación de documentos, aparte de ser una medida usual y frecuente en los procedimientos de referimiento, preserva el derecho fundamental de defensa de las partes y la contradictoriedad de los debates exigida por el debido proceso constitucional”, declararon al tribunal los abogados de la barra de la Comisión Organizadora.

Los abogados de la Comisión Organizadora declararon a la prensa, al salir del tribunal que “en el plazo concedido por los magistrados electorales depositarán la amplia documentación y elementos que demuestran el cumplimiento estricto por parte de la Comisión de las decisiones del TSE y del cronograma de trabajos, ajustado conforme los requerimientos del propio tribunal”.

Agregaron que así se asegura un exitoso y transparente torneo convencional, que fortalece de modo decisivo la democracia interna del PRD, permite la renovación del liderazgo del Partido y mantiene sostenidamente la unidad institucional de las bases del Partido frente a los fantasmas de la división y el caos.